Prescripción extintiva
La prescripción extintiva hace que un derecho o una acción no puedan ejercitarse tras el transcurso del tiempo fijado por la ley. Según el art. 1961 del Código Civil, las acciones prescriben por el mero lapso del tiempo fijado por la ley. Para las acciones personales que no tengan plazo especial, el art. 1964 del Código Civil establece un plazo de cinco años. El plazo puede interrumpirse en los casos previstos en el art. 1973 del Código Civil, por ejemplo mediante reclamación extrajudicial del acreedor.