DPA / DPA (Acuerdo de Procesamiento de Datos)
Contrato conforme al art. 28 del RGPD entre el responsable responsable y el responsable responsable — obligación para cualquier tratamiento en nombre de ellos.
Cualquier persona que procese datos personales en nombre de otra persona (alojamiento, boletín, nube, nómina) necesita un acuerdo de procesamiento de datos (Art. 28 GDPR). Contenido obligatorio: Asunto, duración, propósito, categorías de datos, instrucciones vinculantes, TOMs, subcontratistas, derechos de auditoría, eliminación tras el finalización del contrato.
Casos de uso adecuados
Nota: Esta definición es para orientación general y no sustituye el asesoramiento legal en casos individuales.